Se confirma la imputación del Santander por el caso Banco Popular

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Comunicación



Los afectados rechazan la no imputación del Santander por el caso Banco Popular.

Si usted es uno de los afectados por la resolución del Banco Popular, perpetrada en junio de 2017, está de enhorabuena: la Audiencia Nacional, en donde se encuentra personado este despacho –Fonfría Abogados– , ha confirmado al Banco Santander como imputado, en tanto que la entidad heredera asume no sólo los activos de su predecesor, sino también los pasivos. Es hora de dirimir responsabilidades.

Así, conviene recordar que existe una responsabilidad –penal— derivada de las cada vez más que presuntas irregularidades contables cometidas por el Banco Popular, que ahora debe hacer suyas el Santander en esta una nueva fase.

No obstante, el banco presidido por Ana Patricia Botín insiste en limitar dicha responsabilidad sólo al ámbito civil,pero, para ello, debería haber mantenido al Popular como una organización jurídicamente diferenciada, cosa que no hizo.

Es decir, optó por una absorción, con lo que ahora no puede desvincularse del riesgo que ello entraña.

La Causa Continúa en la Audiencia

A la espera de que termine la fase de instrucción (mientras ésta no concluya aún está a tiempo de sumarse a la querella interpuesta si lo desea) y dé comienzo la apertura de juicio oral, la Causa por la resolución del Banco Popular continúa en la Audiencia Nacional, donde ya se superan ya los 102 tomos.

Los activos y pasivos del Popular son los mismos

No existe un “nuevo” Popular, éste sigue siendo el mismo pues, como señalábamos anteriormente, también lo son sus pasivos (y activos). Pensar otra cosa –con la intención de obtener un trato privilegiado (presuntamente ésta sería la pretensión del Santander)– resulta una quimera.

Lo único que ha hecho el Santander es vender los activos multimillonarios del Popular (adquiridos por 1€), a costa de que los accionistas e inversores perdieran todos sus ahorros. Entendemos que esto es injusto y, por tanto, hay que acudir, necesariamente, a los Tribunales.

En resumen: el Banco Santander debe responder por cualquier delito que hubiese cometido el “anterior” Banco Popular, en aplicación del art. 130.2 del CP.



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