¿Puede una cooperativa reclamar por cláusula suelo?

0

Comunicación



El Popular condenado a devolver la cláusula suelo a los socios de una cooperativa en Fuenlabrada.

Por supuesto que . En el día de ayer, los Magistrados de la sección vigésima de la Audiencia Provincial de Madrid han declarado nula la Cláusula Suelo de un préstamo hipotecario subrogado* a una cooperativa en Fuenlabrada, de la cual eran socios un matrimonio vecino de Torrejón de la Calzada. La entidad implicada es, para variar, el Popular.

El banco ya había perdido ante el Juzgado de Primera Instancia de Getafe, en 2016 (la demanda se interpuso en 2015), pero recurrió a la Audiencia Provincial.

La argumentación del Popular

La entidad financiera argumentaba que la sentencia era incoherente, puesto que los demandantes no eran parte del contrato, dado que formaban parte de una cooperativa y, en consecuencia, no estaban actuando en calidad de “consumidores”.

Decisión de la Sala

La Sala ha declarado que los cooperativistas sí son consumidores, sentando así un precedente válido para otros cooperativistas que estén en una situación similar.

Asimismo, se acuerda devolver todas las cantidades indebidamente cobradas por clausula suelo desde el inicio (en la anterior sólo se condenó a la entidad a reintegrar a partir de Mayo de 2013), en aplicación de la doctrina establecida por el TJUE en Diciembre de 2016.

Más de 11.000 euros de devolución

A pesar de que la hipoteca se firmó en el 2010, la indemnización ha superado los 11.000 euros. En este caso el suelo hipotecario se situaba en el 3,75%, siendo la hipoteca por importe de 200.000 euros a 30 años.

Asimismo, se condena al Popular (hoy Santander) a sufragar los costes del proceso judicial, así como a indemnizar al demandante con los intereses legales correspondientes, también desde el inicio del contrato.

Desde estas líneas animamos a todos los afectados a iniciar hoy mismo la reclamación con nosotros, y a que no firmen ningún pacto envenenado que pueda ofrecerle su banco, con cantidades sensiblemente inferiores a las que les corresponden, sin informarse previamente.

Para reclamar por cláusula suelo sólo hace falta disponer de la copia de la escritura del préstamo hipotecario. Si no dispone de ella, podemos solicitar una copia a la Notaría o, incluso, al propio banco.

*Una de las excusas más frecuentes que los bancos dan para no conceder la devolución es ésta: la “subrogación”. Como acabamos de comprobar, se trata de un argumento absolutamente falaz.

Informarse no cuesta nada; en muchas ocasiones el cliente se precipita y pierde la opción de reclamar debidamente, por lanzarse sin ayuda de un profesional, que le asesore durante todo el procedimiento.



Añadir Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

*