El Supremo condena a los bancos a pagar las costas procesales por cláusula suelo

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Comunicación



El “efecto disuasorio” con el que los bancos amenazaban a sus clientes queda sin efecto.

 

Suma y sigue para la banca. Las entidades financieras, malacostumbradas a campar a sus anchas durante decenios contra el deudor hipotecario español, han vuelto a recibir el enésimo varapalo judicial. El Tribunal Supremo establece como criterio general que el banco condenado por cláusulas abusivas pague las costas judiciales de todo el proceso.

El sector bancario acaba de recoger en el día de hoy otra Sentencia en materia de cláusula suelo. Así, La Sala de lo Civil del Alto Tribunal, reunida en pleno, ha acordado que sean las entidades financieras quienes abonen las costas procesales de las dos instancias previas al recurso de casación en materia de cláusulas abusivas, con la finalidad de no las usen como un arma disuasoria que frene las reclamaciones del consumidor.

La banca está perdiendo el 99% de las demandas por Cláusula Suelo y el importe aproximado que está devolviendo por una hipoteca media es de 12.000€. No dejes que te intimiden las costas procesales. Estas las pagará siempre el banco.

El Supremo considera que debe mantenerse la regla de que quien pierde paga las costas, y no hacer una excepción “en perjuicio del consumidor“. “Si el consumidor, a pesar de vencer el litigio, tuviera que pagar sus gastos en las instancias, se produciría un efecto disuasorio inverso, para que los consumidores no promovieran litigios por cantidades moderadas“. Ésta y no otra es la manera acertada para que las resoluciones del TJUE se hagan efectivas.

“Si en virtud de esa salvedad, el consumidor recurrente en casación, pese a vencer en el litigio, tuviera que pagar íntegramente los gastos derivados de su defensa y representación en las instancias, o en su caso de informes periciales o pago de tasas, no se restablecería la situación de hecho y de derecho a la que se habría dado si no hubiera existido la cláusula suelo abusiva, y por tanto el consumidor no quedaría indemne“.

En Román Paladino: si la cláusula es abusiva, y en consecuencia nula, ha de tenerse como no puesta en el contrato; pero si el prestatario, después de conseguir que un Juez conceda la nulidad, tiene que sufragar algún tipo de gasto, éste seguiría quedando perjudicado por su inclusión, lo cual contraviene Derecho.

En el caso enjuiciado, Caixabank recurrió una primera Sentencia por cláusula suelo con devolución total de cantidades y condena en costas, logrando que se le aplicase una devolución parcial (la estipulación continúo siendo declarada “nula”). En esa segunda instancia el usuario tuvo que hacer frente a sus gastos en el proceso. Afortunadamente, el Supremo ha rectificado este segundo criterio, y condena al banco a afrontar todas las costas del demandante.

De igual forma, se ha afeado a la entidad su pretensión de invocar a su favor la doctrina basada en la limitación temporal para reclamar con anterioridad al 9 de mayo de 2013, “intentar la suspensión de recurso y negar por completo la obligación de restitución“.

Si estás pensando en reclamar Cláusula Suelo o Gastos Hipotecarios, desde Fonfria+Abogados nuestra recomendación es que antes de contratar cualquier servicio, compares bien los precios y las condiciones. Consulta aquí la comparativa de precios del sector:

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Si usted tiene un préstamo o hipoteca con cláusula suelo, podemos iniciar el procedimiento para exigir al banco la nulidad de la cláusula y, en consecuencia, la devolución de todas las cantidades indebidamente cobradas por la entidad (desde el inicio del contrato). Asimismo, exigiremos que se abone a nuestro cliente los intereses legales correspondientes desde el comienzo hasta el final del proceso judicial.

La consulta es gratuita, cuéntenos su caso y le asesoraremos sin compromiso. O reserve una llamada con nuestro especialista en cláusulas suelo, quien contactará a la hora que usted indique. Nosotros hacemos nuestra la reclamación de nuestro cliente, sus intereses son los nuestros, hasta el punto de no cobrar nuestros honorarios si usted no recupera su dinero, nuestro éxito es el éxito de la reclamación del cliente.

Nuestro honorarios son claros y transparentes: Cobramos o bien un porcentaje sobre el resultado (cuota litis) o bien las costas procesales que pague el banco si resulta condenado a ello, nunca las dos cosas, y no nos quedamos con los intereses del cliente.

En un primer momento intentamos llegar a un acuerdo extrajudicial con el banco,  para que le quiten la cláusula suelo de forma amistosa. Además, reclamaremos la devolución de todas las cantidades cobradas de más. Si el banco tarda mucho en dar una respuesta, o ésta es negativa, interpondremos una demanda individual ejercitando la acción de nulidad y solicitando la reclamación de todas las cantidades cobradas indebidamente desde la fecha de formalización de la escritura, el interés legal del dinero y las costas procesales (honorarios de abogado y derechos del procurador).

Es muy importante el cálculo de la cantidad que el banco le ha cobrado de más, y no es fácil, porque ni  todas las hipotecas ni todas las cláusulas suelo son iguales, un simulador no puede afinar bien el cálculo como lo puede hacer un economista. En FONFRÍA ABOGADOS el cálculo de las cantidades a reclamar lo realizan economistas expertos, porque euros de más o de menos sí que importan, es el dinero de nuestros clientes y a nosotros nos gustan las cosas bien hechas.

En FONFRÍA ABOGADOS somos especialistas en derecho bancario, con más de 6.000 clientes defendidos en toda España, y podemos asesorarle en la gestión y negociación de la cláusula suelo de su hipoteca con el banco antes y después de firmar el contrato de préstamo.



Comentarios

  1. Me bajaron la cuota en 2013, pero me deniegan la devolución de lo pagado anteriormente con la escusa de que la clausula esta bien redactada y en negrita, lo cual es falso. tienen despacho en Barcelona ( El Maresme)?

    1. Estimado D. Ramón: que la cláusula esté bien redactada y en negrita no es suficiente para superar el doble filtro de transparencia impuesto por el Supremo, y lo saben perfectamente. No pierda el tiempo discutiendo con ellos, reclame con nosotros de forma profesional. Estamos a su servicio en el 960 600 047 –centralita para toda España–. Sí, tenemos abogados colaboradores en Barcelona. Gracias por su comentario. Un saludo.

  2. hola,firme un acuerdo con el banco en 2013 y me rebajaron la clausula suelo .en el acuerdo pone que desistia de en un futuro de reclamar nada y de emprender acciones contra la entidad., mi duda es si puedo ganar si emprendo acciones judiciales contra la entidad ,gracias.

    1. Estimado D. Domingo: puede ganar, pero, honestamente, que haya firmado ese documento no nos ayuda en nada a la hora de reclamar. Habría que estudiar las circunstancias en las que se firmó dicho acuerdo para poder atacar también la nulidad de éste. Si quiere, puede llamarnos sin compromiso al 960 600 047 –centralita para toda España– y lo comentamos. Gracias por su consulta. Un saludo.

  3. Buenos días mi consulta es para sí después que anularan la cláusula si puedo reclamar gastos e intereses generados anterior al 2013 por la banca bmn ? Tl.639######

    1. Estimado D. Manuel: sí, de hecho es lo que se debe hacer. Si le parece, le llamaremos para que nos comente el caso sin compromiso. Gracias por su comentario. Un saludo.

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