Se aprueban los Desahucios Exprés para proteger a los pequeños propietarios

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Comunicación



La nueva Ley otorgará mayor protección frente a los okupas y mafiosos.

A menudo se confunden los lanzamientos, que son las ejecuciones hipotecarias que realizan las entidades bancarias, con los desahucios. Estos últimos se producen cuando el legítimo propietario de un inmueble despide –legalmente– a un inquilino o arrendatario, normalmente por el impago de la renta.

Sin embargo el objetivo de la nueva Ley no es tanto desahuciar a los inquilinos en régimen de alquiler (con contrato), sino facilitar que los dueños puedan recuperar rápidamente sus viviendas, en caso de que éstas sean ocupadas de forma ilegal por okupas o mafias.

Eso sí, la nueva normativa no afectará ni a los bancos ni a las empresas, es decir, hay que ser un particular (pequeño propietario) o una ONG para poder “beneficiarse” de la misma.

La Ley ha salido adelante con el voto favorable del Partido Popular, Ciudadanos, el Partido Nacionalista Vasco y el PDeCat. El partido Socialista, Podemos y ERC votaron en contra.

Básicamente, se trata de erradicar las ocupaciones de fincas y, sobre todo, que los propietarios tengan que pagar a los ocupantes por recuperar su propio inmueble.

¿Cómo funciona?

  1. Primero presentamos la demanda solicitando recuperar nuestra vivienda (deberemos acreditar la propiedad).
  2. A continuación se dictará Auto dando traslado de la demanda a los “okupantes” para que respondan (tienen como máximo diez días para hacerlo).
  3. Asimismo, el Juzgado requerirá a los servicios municipales la apertura del proceso de desocupación, de tal forma que puedan adoptarse, si hiciera falta, las medidas oportunas.
  4. Aunque los “okupantes” se opongan al Auto, ello no suspenderá la efectividad de la medida.
  5. Una vez que tengamos la resolución a nuestro favor, tan sólo tendremos que solicitar su cumplimiento.

En principio a partir de ahora los plazos serán sensiblemente más cortos y efectivos.

Importante: la Ley ha sido remitida ya al Senado, donde se aprobará en breve con total seguridad. Después de este trámite, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, entrando en vigor a partir de ese momento.

Para más información 960 600 047. Trabajamos en toda España.



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