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El préstamo de Kutxabank llevaba cancelado desde el año 2009.
Los afectados por gastos hipotecarios están de enhorabuena: esta misma semana, dos entidades señeras como Ibercaja, en Valencia, y Kutxabank en Benidorm han sido condenadas a devolver la totalidad de los gastos asociados a dos de sus préstamos –incluyendo el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados–.
El caso más relevante es el de Benidorm, puesto que la hipoteca llevaba cancelada ocho años (desde 2009).
La parte demandada argumentó que la cláusula objeto de litigio fue “libremente pactada”. Sin embargo, el Juzgado ha rechazado este argumento; en concreto:
Besándose en la Sentencia del Tribunal Supremo de 23 de diciembre de 2015, “queda rechazada la argumentación de la parte demandada (el banco) sobre la aplicación del principio del artículo 1.255 del Código Civil, dado que la nulidad de pleno derecho de estas cláusulas no está a salvo so pretexto de la libre aceptación de las mismas por parte del prestatario, tal y como establece el artículo 10 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que proclama la irrenunciabilidad de los derechos reconocidos al consumidor y usuario”.
Por ello, “la declaración de nulidad de lo allí dispuesto siempre será posible si se encuentran los presupuestos analizados por el Alto Tribunal“.
Asimismo, el Juzgador considera clamorosa la nulidad del pacto, abusivo conforme al artículo 82 de la LGDCU, y por ello ha de aceptarse la devolución de las sumas solicitadas por los demandantes, de acuerdo al desglose relativo a cada una de ellas.
Prescripción
“La aplicación del plazo de la acción de nulidad es imprescriptible o, en su defecto, será de aplicación el artículo 1964.2 del Código Civil, el cual establece un plazo de 15 años (actualmente es de 5 años, pero la modificación no afecta al caso por aplicación de la disposición transitoria quinta de la ley 42/2015)”.
Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados
Acogiéndonos nuevamente a la citada Sentencia de 23 de Diciembre, ambos juzgados han aceptado la devolución del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, porque, a pesar de que las entidades lo trasladen de forma indebida al deudor hipotecario, según el Supremo, el sujeto pasivo es el prestamista (no el prestatario).
Las dos financieras –Kutxabank e Ibercaja– han sido condenadas, además, al pago de las costas procesales junto con los correspondientes intereses legales.
Tengo 2 hipotecas canceladas de los años May/2013 con Barclays Bank actual Caixabank y dos en activo podría reclamar el totalidad de los gastos de Hipoteca de las 4 o solamente las que están en activos.
Gracias y Saludos.
Buenas tardes
puede ponerse en contacto con nosotros al numero 610415613, también por whatsapp, estudiamos su caso sin compromiso y facilitamos nuestro presupuesto.
Quedamos a la espera de su información
Tengo una hipoteca cancelada desde el 96, y otra abierta de otro piso, ya he solicitado por carta q me devuelvan los gastos de formalización d la ultima hace 5 meses y no m han contestado, aunque tengo el recibo de correos del certificado d la carta.¿Q porcentaje d éxito tiene la reclamación judicial?.
Mandeme gastos de honorarios para poder reclamar las dos hipotecas si lo ven viable, gracias
Estimado José Antonio: es totalmente viable, siempre que tenga toda la documentación. La devolución de los gastos de Notaría, Registro y Gestoría los están devolviendo, por abrumadora mayoría, casi todos los Tribunales hasta la fecha; con el impuesto, dependiendo de la región, unas veces lo conceden y otras no. Y ahora, hace apenas dos semanas, también están concediendo la devolución de los gastos de tasación. Solo una cosa: ¿guarda copia de la reclamación que hizo usted por su cuenta?
En cuanto a los honorarios:
100 euros de provisión de fondos (incluye el cálculo realizado por economistas de las cantidades indebidamente cobradas, reclamación extrajudicial mediante envío de burofax a la entidad y, en caso de negativa, reclamación judicial con asistencia letrada durante todo el proceso). El poder general para pleitos (40 euros aproximadamente) y los gastos de procurador (cien euros de media, que se pagan al final del proceso) correrían en principio de su cuenta. Posteriormente, en caso de que el banco acepte la reclamación extrajudicial, o una vez obtengamos sentencia firme favorable para usted, el 10% de lo recuperado si la cuantía rescatada es superior a 3.000 euros, un 15% si la cuantía es inferior a 3.000€ y superior a 2.000€, y un 20% si la cuantía es inferior a 2.000€. En caso de condena en costas para la entidad (muy frecuente en estos casos), usted no tendría que pagar nada y los 100 euros se le devolverían. Además, los intereses indemnizatorios, que también le corresponden, serían para usted (otros despachos no informan al cliente de esta circunstancia y se quedan con ellos). Si quiere llámenos al 960 600 047 –centralita para toda España– y lo comentamos sin compromiso. Gracias por su consulta. Un saludo.
Tengo actualmente una hipoteca con Kutxabank y pague yo los gaste ¿ Qué puedo hacer para recuperarlos?¿Cuanto cuesta?
Estimado D. Víctor: si quiere llámenos al 960 600 047 –centralita para toda España– y lo comentamos. Un saludo. Gracias por su consulta.
¿como saber si mi hipoteca tiene clausula suelo?
Estimado Alberto: muy fácil; envíenos una copia de la escritura a comunicacion@fonfriaabogados.com y nosotros se lo decimos, sin ningún coste ni compromiso por su parte. Gracias por su comentario. Un saludo.