Nuevo varapalo judicial contra un ayuntamiento por plusvalía municipal

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Comunicación



El juzgado condena al consistorio a devolver los 4.844 euros por plusvalía municipal, sin valorar siquiera si hubo pérdida o ganancia con la trasmisión.

Solo una semana después de la condena al ayuntamiento de Madrid, nos llega una nueva sentencia, esta vez contra el ayuntamiento de Vélez –en Málaga–, por Plusvalía Municipal.

Concretamente, el consistorio deberá devolver los 4.844 euros cobrados por plusvalía municipal al vendedor de un inmueble.

La Sentencia es relativamente importante, porque el Juzgado de lo contencioso no entra a valorar si existió ganancia o pérdida patrimonial, puesto que, a criterio de dicho juzgador, es el ayuntamiento quien debe probar esta circunstancia.

En otras palabras: la administración tiene que acreditar la existencia de incremento de valor. De lo contrario, no es posible practicar la liquidación ni exigir pago alguno.

El demandante adquirió su vivienda en 2005. Once años después, en 2016, la vendió con un valor catastral de 59.800 euros, que le “obligaba” a pagar los 4.844 euros objeto de litigio.

Asimismo, se le deberán abonar al demandante los correspondientes intereses de demora.

Juan Carlos Márquez –concejal de Hacienda del municipio– manifestó no conocer los pormenores del Fallo judicial, pero que lo acatará.

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