Orange condenada en España por prácticas abusivas

0

Comunicación



Cobrar la totalidad del período por causar baja supone una práctica abusiva.

reclamaciones telefonicas afectados orangeEl Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de La Coruña ha estimado de forma íntegra la demanda, promovida por el Ministerio Fiscal, contra Orange por la emisión de facturas abusivas y, por tanto, injustas, tal y como nos ha informado el TSJ Gallego.

¿Qué hacía Orange?

La empresa de telefonía se dedicaba a emitir de forma reiterada facturas contra consumidores y usuarios, en las que les exigía la parte de la cuota perteneciente al periodo de facturación previamente determinado, a pesar de que ya no les prestaba ningún servicio durante dicho periodo.

De acuerdo con la tesis de la Fiscalía, por culpa de este comportamiento los consumidores “pagamos dos veces” por un servicio que no se nos da.

La facturación por unidad consumida es absolutamente posible atendiendo a la literalidad del argumento expuesto por la compañía, puesto que reconoce expresamente que posibilita a aquellos clientes que se dan de alta en el servicio en una u otra tarifa o paquete, sin usar la totalidad del mismo, el abono únicamente de una parte proporcional al período disfrutado”.

Sentencia

Según reza la Sentencia, en los casos donde el servicio se deje de prestar, la cláusula es “abusiva”, como también lo es la incorporación de nuestros datos en archivos de morosos como consecuencia de no haber abonado estas facturas.

Asimismo, Orange deberá informar al juzgado –en el plazo de dos meses– sobre las medidas que va a adoptar a la hora de no repetir en el futuro prácticas similares.

La Magistrada ya ha advertido a la multinacional francesa con imponerle una multa coercitiva de 60.000€ por cada día de retraso en el cumplimiento de la Resolución.

El Fallo ha sido comunicado a la Secretaría de Estado para la Sociedad de Información y la Agenda Digital, por si procediera sancionar administrativamente a la compañía demandada

Finalmente, señalar que los pronunciamientos declarativos de la Sentencia afectarán a las personas físicas o jurídicas que incurran en la misma costumbre, independientemente de que no hayan sido parte en el proceso.

Para más información, llámenos sin compromiso al 960 600 047 o rellene uno de nuestros formularios. TRABAJAMOS EN TODA ESPAÑA.



Añadir Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

*