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Comunicación



Te explicamos cómo rebajar el IBI de tus propiedades.

Al igual que el impuesto de las plusvalías, el IBI es otro impuesto municipal dependiente del valor catastral. Este último, el valor catastral, es revisado a su vez por la Administración, quien tiende a “hincharlo” de forma periódica. Concretamente, este año hasta 1.296 municipios españoles lo han revisado al alza.

La revisión normalmente no es recurrida por los contribuyentes, que pagan y callan; sin embargo existen dos vías para modificar dicho valor y recuperar el IBI pagado en exceso.

Las dos vías

Existen dos vías para ahorrar en la factura del IBI:

1. Procedimiento de rectificación de errores materiales aritméticos

En este caso pediremos la rectificación de los errores derivados de la indebida aplicación de la información urbanística que afecta al inmueble, y todos los errores en la medición o superficie del mismo.

2. El procedimiento de subsanación de discrepancias

Mediante esta vía, lo que hacemos es corregir el valor catastral (no impugnarlo) en función de las características específicas del inmueble (uso, antigüedad y categoría).

Asimismo, también son subsanables los errores respecto a la superficie del inmueble, pero cuando sean a consecuencia de la incorrecta aplicación de una norma jurídica (balcones, terrazas, porches…).

En definitiva, se trata de poner en conocimiento de la Administración la discordancia existente entre la descripción catastral de los bienes inmuebles y la realidad inmobiliaria, siempre que tales discrepancias no sean debidas al incumplimiento de la obligación de declarar correctamente el inmueble.

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Ventajas

Para empezar, el contribuyente obtendrá un ahorro fiscal en los IBIs futuros.

Además, cuando la corrección venga motivada por la rectificación de errores, procederá también la devolución de ingresos indebidos del impuesto pagado en los ejercicios no prescritos.

¿Puede afectar la rectificación a otros impuestos?

. Como indicamos al principio, afectaría sin duda al impuesto de las plusvalías municipales (Impuesto Incremento Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana —IIVTNU), puesto que su fórmula depende del valor catastral.

También afectaría al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, siempre que la Comunidad Autónoma donde se ubique el inmueble utilice un método de valoración supeditado al valor catastral del mismo.

Y, finalmente, puede influir en el IRPF, al imputar rentas inmobiliariasper se— a los inmuebles.



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