¿Es lo mismo Separarse que Divorciarse?

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Comunicación



Te explicamos las diferencias entre separación y Divorcio.

Jurídicamente divorcio y separación constituyen realidades diferentes y, por tanto, podemos decir que no son lo mismo.

¿Cuál es la principal diferencia?

De las dos “modalidades”, sólo el divorcio permite volver a contraer matrimonio civil en el momento que uno quiera y con quien quiera.

¿Qué otras diferencias existen entre separación y divorcio?

El divorcio supone la disolución del régimen económico matrimonial, impidiendo así que el cónyuge divorciado acceda a la legítima (ver herencias).

Asimismo, según el caso, el divorcio puede dar derecho a pensiones compensatorias.

¿Puedo divorciarme directamente sin pasar por la separación?

(antiguamente no se podía).

¿Existe algún requisito imprescindible para poder divorciarme?

Siempre que no exista un peligro para la integridad física, moral o sexual del cónyuge o de los hijos, es necesario que hayan transcurrido al menos 3 meses desde la celebración del matrimonio.

Tipos de Divorcio

El divorcio puede ser de Común Acuerdo o Contencioso.

Los Hijos

Lo más importante a nuestro juicio es que el proceso afecte lo menos posible a los hijos, muy especialmente si son menores de edad.

Para ello, se recomienda a las partes llegar a un acuerdo en la guardia y custodia. Dicho acuerdo (si es que se produce) deberá ser ratificado por el Juez.

Si no hay acuerdo entre las partes, será el Juez quien decida por ellas. Previsiblemente, llegados a este punto, muy probablemente su Señoría citará a los hijos para conocer su opinión.

Tradicionalmente, la tendencia habitual era conceder la custodia a las madres, si bien durante la última década se aboga por que la custodia sea compartida.

Tipos de Pensiones

Fundamentalmente son dos: la pensión alimenticia –obligatoria– y la pensión compensatoria –opcional–.

Pensión Alimenticia

Es la destinada a cubrir todos los gastos imprescindibles para la vida del menor (alimentación, vestido, educación, sanidad…).

La cuantía de dicha pensión puede ser acordada por los propios padres, así como la forma del pago y periodicidad.

Para fijarla es aconsejable asesorarse por un abogado experto, pues no existe ningún baremo previamente establecido por Ley.

En caso de no haber acuerdo, nuevamente será el Juez quien decida.

Pensión Compensatoria

Se tiene derecho siempre que exista un desequilibrio económico entre las partes.

En este caso sí contamos con una base para determinar la cuantía, conforme a la Jurisprudencia establecida por el Supremo.

¿Por qué existen las pensiones compensatorias?

La finalidad de estas pensiones consiste en otorgar a su beneficiario la misma autonomía económica que habría obtenido de no haberse quedado a cargo de la familia. Aquí también resulta medular el poder contar con la ayuda de abogados.

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