La voracidad recaudatoria de la Administración nos persigue hasta el más allá.
Importante: para poder efectuar las bonificaciones máximas, previstas en cada comunidad en relación con el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, es necesario que el vínculo familiar sea directo (Grupos I y II), es decir, sólo se aplican a los descendientes, cónyuges, ascendientes y adoptantes.
Fuera de estos grupos, el Impuesto de Sucesiones se dispara prácticamente por igual en todas las comunidades (atención a las herencias entre hermanos y tíos, especialmente cuando haya bienes inmuebles de por medio).
Muy importante: antes de aceptar una herencia, analice cuáles son los pasivos del difunto y las cargas que conllevan; este sencillo gesto le ahorrará posibles disgustos a futuro.
Si tiene cualquier duda sobre cómo redactar su Testamento (de cara a evitar disputas entre los herederos a su fallecimiento), hacer una Donación, o tramitar una Herencia, póngase en contacto con nosotros (960 600 047 atendemos en toda España); estaremos encantados de ayudarle.